José Pablo Mercado Solís

Titular del Instituto de Defensoría Pública
A cargo desde 2021
A cerca de la Dependencia

Los valores que rigen el Instituto de la Defensoría Pública son la Legalidad, Obligatoriedad, Profesionalismo, Gratuidad, Confidencialidad y Eficacia.

Objetivo:
El Instituto de la Defensoría Pública tiene por objeto que la procuración y administración de justicia llegue a la población vulnerable de la sociedad, procurando que cada usuario reciba una adecuada orientación, asesoría y representación ante las Autoridades a las que les corresponda dar solución al conflicto que atañe a su vivir diario y que le afecta y atañe directamente, velando por un entorno social armónico y equilibrado.

Administrar y representar jurídicamente al Instituto, así como otorgar poder de representación;
II. Otorgar y revocar poderes generales y especiales en términos de ley;
III. Celebrar y otorgar toda clase de actos y documentos inherentes a su objeto;
IV. Ejercer las más amplias facultades de dominio, administración, pleitos y cobranzas en términos de ley;
V. Formular querellas y otorgar perdón;
VI. Ejercitar y desistirse de acciones judiciales inclusive el juicio de amparo, en los términos que la ley de la materia determine;
VII. Diseñar y realizar acciones y políticas necesarias e indispensables en materia de defensoría pública, a fin de hacer efectivo el derecho a una defensa de calidad a favor de quienes lo requieran;
VIII. Diseñar e implementar sistemas de formación, capacitación y actualización de defensoría pública en materia penal y laboral, y en asistencia jurídica en materia civil, familiar y mercantil;
IX. Elaborar manuales de organización y procedimiento y cualquier otro instrumento que se requiera para el eficaz funcionamiento del Instituto;
X. Celebrar convenios, acuerdos, contratos y demás instrumentos jurídicos necesarios para la consecución de los fines del Instituto;
XI. Dictar las medidas administrativas necesarias para que el Instituto cumpla eficientemente con sus atribuciones;
XII. Solicitar a las entidades estatales y federales la asignación de los recursos financieros necesarios para el adecuado funcionamiento del Instituto;
XIII. Proponer ante la Junta el nombramiento de los Subdirectores;
XIV. Designar a los defensores públicos, asesores jurídicos, procuradores del trabajo y demás personal del Instituto;
XV. Asumir la función de defensor público, asesor o procurador del trabajo en su caso, cuando la trascendencia del asunto lo amerite;
XVI. Planear, dirigir, coordinar, controlar, supervisar y vigilar las actividades que desempeñen los subdirectores, defensores públicos, asesores jurídicos, procuradores del trabajo y demás personal del Instituto;
XVII. Realizar periódicamente evaluaciones sobre el desempeño de las actividades de los servidores públicos del Instituto, imponiendo las correcciones disciplinarias cuando así lo ameriten;
XVIII. Elaborar programas y estrategias de difusión sobre los servicios que presta el Instituto, así como de sus logros y avances;
XIX. Implementar sistemas de control y registro de los servicios brindados por el Instituto;
XX. Elaborar el anteproyecto de presupuesto del Instituto para someterlo a la consideración de la Junta de Gobierno;
XXI. Presentar a la Junta un informe anual de actividades; y
VII. Las demás que establezcan la presente Ley, el Estatuto Orgánico y otras disposiciones legales aplicables

  • El Instituto de la Defensoría Pública es la Institución Descentralizada de Gobierno del Estado, tiene como misión garantizar el acceso al adecuado derecho de defensa pública en materia penal, la asesoría y representación en asuntos laborales velando siempre por los derechos de los trabajadores, así como proporcionar la orientación, asesoría y representación jurídica en materia civil y familiar, apoyados en los principios de gratuidad, probidad, profesionalismo para brindar los medios necesarios para que la ciudadanía accese a una adecuada administración de justicia y prevalezca el estado de Derecho.
  • El Instituto de la Defensoría Pública del Estado salvaguarda los derechos de la población vulnerable para acceder a una adecuada administración de justicia en los diferentes ámbitos del derecho, atendiendo a la problemática planteada por los usuarios, contribuyendo con ello proporcionar un equilibrio adecuado en el acceso a la administración de justicia, velando siempre por el debido cumplimiento del Estado de Derecho, a la preservación de los derechos humanos con los que cuenta la población en general.

Trayectoria

  • Auxiliar Jurídico En La Dirección General De Asuntos Jurídicos Del Gobierno Del Estado octubre 1998- septiembre 1999
  • Jefe De Departamento De Consulta De La Dirección General De Asuntos Jurídicos De Gobierno Del Estado SEP 1999- Sep 2001
  • Jefe Del Departamento De Gestoría Social De La Dirección De Defensoría Pública De La Coordinación General Jurídica Sep – Dic 2001
  • Encargado De La Dirección De Defensoría Pública De La Coordinación General Jurídica De Gobierno Del Estado De Zacatecas Enero 2002- 2005
  • Jefe Del Departamento De Asesoría Legal De La Dirección De Defensoría Publica Director Jurídico De La Procuraduría General De Justicia Del Estado De Zacatecas
  • Presidente De La Asociación Civil Paradigma Siglo XXI Consejero Estatal Del Consejo De Procuración De Justicia En El Estado De Zacatecas
  • Miembro Del Consejo Consultivo Del Instituto De La Juventud De Zacatecas
  • Presidente Del Consejo Directivo Nacional De La Federación De Colegios Y Asociaciones De Abogados Del Estado De Zacatecas
  • Presidente Del Consejo Nacional De La Coordinadora Nacional De Abogados De México A.C.
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